Ajustes en el cronograma de Rendición de Cuentas por periodo electoral
La Esperanza, 26 de marzo de 2024.
El ajuste en el cronograma del año en curso se realiza en virtud del proceso electoral para el Referéndum y Consulta Popular 2024 en marcha, cuya campaña se llevará a cabo entre el 07 y el 18 de abril de 2024. Ninguna institución ni autoridad de elección popular podrá hacer eventos de deliberación pública de sus informes de Rendición de Cuentas durante el mes de abril de 2024.
De esta manera se busca evitar que en los eventos deliberativos se incurra en proselitismo político, ya que las fechas establecidas para la presentación de los informes de Rendición de Cuentas del periodo fiscal 2023 coinciden con la campaña electoral. Esto se aplica en cumplimiento del cronograma establecido para años electorales en el Reglamento de Rendición de Cuentas y su reforma (Resolución Nro.CPCCS-PLE-SG-010-E-2023-0054) que en su parte pertinente indica:
- «PRIMERO: Sustitúyase en el artículo 12 del Reglamento de Rendición de Cuentas, en la columna de ‘Tiempo de Ejecución’ de la fase 1 del cronograma, por el siguiente: ‘Enero y febrero del año siguiente al período fiscal del cual rinde cuentas en año de elecciones, esta fase se ejecutará en el mes de marzo»
- «SEGUNDO: Sustitúyase en el artículo 12 del Reglamento de Rendición de Cuentas, en la columna de ‘Tiempo de Ejecución’ de la fase 2 del cronograma, por el siguiente: ‘Abril del año siguiente al periodo fiscal del cual rinde cuentas. En año de elecciones, esta fase se ejecutará en el mes de abril«
- «TERCERO: Sustitúyase en el artículo 12 del Reglamento de Rendición de Cuentas, en la columna de ‘Tiempo de Ejecución’ de la fase 3 del cronograma, por el siguiente: ‘Durante el mes de mayo del año siguiente al periodo fiscal del cual rinde cuentas. En año de elecciones, esta fase se ejecutará en el mes de mayo«
- «CUARTO: Sustitúyase en el artículo 12 del Reglamento de Rendición de Cuentas, en la columna de ‘Tiempo de Ejecución’ de la fase 4 del cronograma, por el siguiente: ‘Durante el mes de junio del año siguiente al periodo fiscal del cual rinde cuentas. En año de elecciones, esta fase se ejecutará en el mes de junio«
En el caso de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, empresas públicas, entidades adscritas a los GAD y sus autoridades, durante el mes de abril deberán mantenerse en la Fase 2 del proceso, es decir: Evaluación de la gestión y elaboración del Informe Institucional. Los eventos deliberativos (Fase 3) se realizarán en el mes de mayo, y en el mes de junio se llevará a cabo la Fase 4, que comprende la incorporación de la opinión ciudadana, retroalimentación y seguimiento.
Mientras que, para las instituciones de las funciones del Estado, otra institucionalidad estatal, medios de comunicación, instituciones de educación superior, privados que manejan recursos públicos y sus autoridades de elección popular, que cumplieron con el cronograma originalmente establecido, en el mes de abril pueden avanzar a la Fase 3, es decir, la entrega de sus informes al CPCCS. Quienes no hayan cumplido con la obligación de realizar sus eventos deliberativos en el mes de marzo, y se encuentren rezagados, de ninguna manera podrán hacerlo en abril, deberán esperar al mes de mayo. Tienen como plazo hasta junio para cerrar el proceso y entregar sus informes al CPCCS.